


En ese tenor, la Protección de Datos Personales y el Acceso a la Información, son dos pilares fundamentales en la gestión de la información en la sociedad mexicana. Aunque aparentemente una y otra parecen contradictorias, ambas se complementan y se deben abordar desde una perspectiva equilibrada.
Por un lado el derecho a la protección de datos personales, como derecho fundamental reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tiene como objetivo garantizar la privacidad y la seguridad de la información personal de sus titulares; este derecho protege a todas las personas ante un uso, acceso y/o tratamiento no autorizado de sus datos personales. De igual forma, implica, el poder de disposición y control que faculta al titular a decidir cuáles de sus datos pueden ser tratados, a lo cual se le conoce como autodeterminación informativa.
Por ello, es de suma importancia mantener un equilibrio, entre el derecho de acceso a la información y la necesidad de proteger la vida privada de las personas, toda vez que, si bien es cierto, ambos derechos son fundamentales, existe una línea delgada entre lo público y lo privado, pues la necesidad de acceder a la información que genera el ejercicio de la función pública y de quienes ejercen autoridad en los organismos gubernamentales, ello no presupone que se pueda interferir en la vida privada de los mismos, de ahí la necesidad de normar y restringir el uso de cada uno de estos derechos en ciertas circunstancias.
En ese sentido, el derecho de acceso a la información y el derecho a la protección de datos personales, lucen contradictorias, sin embargo, al interrelacionarlos de manera específica en el combate a la corrupción, se genera un avistamiento del mismo, pues, el acceso a la información se basa en las decisiones y gastos que realizan las instituciones públicas, es decir, la transparencia y la rendición de cuentas de la gestión pública, por otro lado la protección de datos personales asegura la confidencialidad de quienes denuncian actos de corrupción, cuando los mecanismos de rendición de cuentas y el acceso a la información no sean suficientes para combatir la corrupción y de esta manera, se evita que haya represalias en contra de quienes se animan a denunciar, por parte de un superior jerárquico o de quien
ejerce una autoridad.
Finalmente, es dable llegar a la conclusión, que el derecho a la protección de los datos personales y el derecho acceso a la información, juegan roles fundamentales en la lucha contra la corrupción, toda vez, que sin ellos, no tendríamos las herramientas suficientes para esta lucha, la cual, encuentra mayores desafíos con el paso del tiempo, como el uso de las tecnologías, que se encuentran en constante innovación, de ahí la necesidad de crear mecanismos legales, cada vez más seguros, sin embargo, resulta importante reconocer los esfuerzos ejercidos para crear una sociedad más justa y transparente, contribuyendo a que los ciudadanos tengan mayor confianza en la función pública.

Mientras tanto, el acceso a la información, constitucionalmente reconocido, promueve la trasparencia y la rendición de cuentas en la gestión pública, permitiendo a los ciudadanos conocer las acciones de sus gobiernos, pues todos los gobernados, tienen el derecho de solicitar y recibir información pública, lo cual se considera esencial para una participación activa y democrática, sin embargo, aunque este derecho es fundamental, encuentra sus limitaciones, cuando se trata de datos personales que pudiera comprometer la vida privada de sus titulares.


Equilibrar transparencia y privacidad es clave en la lucha contra la corrupción.

a protección y promoción de los Derechos Humanos son fundamentales para garantizar la dignidad de todas las personas y son responsabilidad tanto de los gobiernos como la sociedad en su conjunto.
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